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La ampliación del plazo alcanza, únicamente, a la presentación con domiciliación del pago. En concreto, los plazos de domiciliación que finalizaban el 15 de enero de 2021, pasan a terminar el 18 de enero a las 15:00 horas, siempre que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por la borrasca “Filomena”, sin que se amplíe el plazo general de presentación de declaraciones y autoliquidaciones.
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El adeudo en cuenta de estas autoliquidaciones a las que se extiende el plazo de presentación y domiciliación seguirá haciéndose el próximo día 20.
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Los modelos a los que afecta esta extensión de plazo son los relacionados en el ANEXO II de la Orden EHA/1658/2009.
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Por lo tanto, para que opere la extensión del plazo se tienen que dar, simultáneamente, los siguientes requisitos:
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- Se trate de uno de los modelos del ANEXO II de la Orden EHA/1658/2009
- Resulte un importe a ingresar y se domicilie el pago
- El plazo de la presentación con domiciliación hubiera finalizado el 15 de enero
- El contribuyente se haya visto afectado por los efectos de la borrasca “Filomena”
Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
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Luis del Amo. Secretario Técnico del REAF 14 de Enero de 2021
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