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En segundo lugar, te informo de que se ha publicado la Sentencia del Tribunal Supremo, de 5 de noviembre de 2019, de interés casacional, que establece que en los supuestos de extinción del contrato de alta dirección, por desistimiento del empresario, existe el derecho a una indemnización mínima obligatoria de 7 días de salario por año de trabajo, con el límite de 6 mensualidades, y esa cuantía de la indemnización está exenta al amparo del artículo 7.e) de la ley del IRPF, con el límite de 180.000 euros.
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Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
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Secretario Técnico del REAF
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