CabecerasNotasAviso-REAF
Nº 19/2021
    Apreciado/a compañero/a,

    Te informo de que el REAF ha presentado a la prensa, esta mañana, el Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2021.

    Como todos los años, en este trabajo recogemos, además de unas series numéricas que nos sirven de referencia, las novedades normativas 2021 en tributos cedidos -IRPF, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones y Transmisiones Patrimoniales-, un análisis detallado, Comunidad por Comunidad, del desarrollo de la capacidad normativa en este ámbito, acompañando cuadros resúmenes, ejemplos que nos sirven para comparar la tributación en los diferentes territorios -incluyendo los forales del País Vasco y Navarra- y un estudio detallado de los impuestos propios. Se adjunta también el power point utilizado en la presentación. Para ver la rueda de prensa, accede a nuestro canal de youtube.

    En segundo lugar, te comunico que ya se ha publicado en la web de la AEAT la información de la campaña de Renta 2020. Aparte de contener las referencias de siempre sobre inicio de campaña -7 de abril-, plazos, etc., ya están a disposición de los contribuyentes los datos fiscales, y resulta especialmente interesante la información relativa a la declaración a presentar por contribuyentes que han estado en ERTE durante 2020.

    Por último, aprovecho para informarte de que se ha publicado el Real Decreto 39/2021 del Consell de la Generalitat Valenciana, de regulación de las notificaciones y comunicaciones administrativas electrónicas de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV), en el que se regula la práctica de notificaciones por medios telemáticos. Este decreto determina los supuestos de inclusión, de oficio o a solicitud de la persona interesada, en el censo de personas o entidades destinatarias de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria Valenciana, a fin de que estas reciban por medios telemáticos las comunicaciones y notificaciones administrativas que les realice la ATV.

    Es llamativo que la ATV se impone la obligación de notificar a las personas físicas y jurídicas o entidades destinatarias a que hace referencia el artículo 3 de este Decreto su inclusión en el Censo de personas o entidades obligadas a recibir las notificaciones electrónicas. Dicha notificación se efectuará por medios no electrónicos.

    Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,

      Luis del Amo. Secretario Técnico del REAF
      24 de marzo de 2021
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