CabecerasNotasAviso-REAF
Nº 24/2021
    Apreciado/a compañero/a,

    En primer lugar, te informo que hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 7/2021 que transpone varias Directivas (UE) y contiene importantes modificaciones en la ley del IVA, afectando a diferentes materias:

    • La Directiva (UE) 2019/1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, para dotar a las autoridades de competencia de los Estados miembros de medios para aplicar más eficazmente las normas sobre competencia y garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior (Directiva ECN+).
    • La Directiva (UE) 2018/843 del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva (UE) 2015/849 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifican las Directivas 2009/138/CE y 2013/36/UE (Quinta Directiva). Se pretende perfeccionar los mecanismos de prevención del terrorismo y mejorar la transparencia y disponibilidad de información sobre los titulares reales de las personas jurídicas y otras entidades sin personalidad jurídica que actúan en el tráfico jurídico.
    • La Directiva (UE) 2019/878 (CRD5), del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2019 y la Directiva (UE) 2019/879 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, para seguir fortaleciendo el sistema bancario.
    • Realiza una modificación puntual y concreta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, limitándose la misma a modificar la duración de los títulos habilitantes del uso del dominio público radioeléctrico con limitación de número, sin esperar a la culminación y aprobación de la nueva Ley General de Telecomunicaciones, porque se va a convocar muy en breve una nueva licitación de concesiones demaniales para el uso del dominio público radioeléctrico en la banda de frecuencias de 700 MHz (provenientes del segundo dividendo digital), al objeto de implantar definitivamente la tecnología 5G.
    • Las modificaciones derivadas de la transposición de la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo, por la que se modifican la Directiva 2006/112/CE y la Directiva 2009/132/CE en lo referente a determinadas obligaciones respecto del IVA, para las prestaciones de servicios y las ventas a distancia de bienes, con excepción de su artículo 1 que fue objeto de transposición por la Ley 6/2018 de PGE para el año 2018, y de la Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las disposiciones relativas a las ventas a distancia de bienes y a ciertas entregas nacionales de bienes. La incorporación de estas Directivas a nuestro ordenamiento interno concluye la regulación del tratamiento del IVA del comercio electrónico y establece las reglas de tributación de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que, generalmente contratados por internet y otros medios electrónicos por consumidores finales comunitarios, son enviados o prestados por empresarios o profesionales desde otro Estado miembro o un país o territorio tercero. Estas operaciones quedan sujetas al IVA en el Estado miembro de llegada de la mercancía o de establecimiento del destinatario, generalizando el principio de tributación en destino en las operaciones transfronterizas en el IVA. Por otra parte, se amplían los regímenes especiales de ventanilla única -Régimen exterior de la Unión, Régimen de la Unión y Régimen de importación- que pasan a ser el procedimiento específico previsto por la ley para la gestión y recaudación del IVA devengado por estas operaciones a nivel comunitario. La nueva regulación del comercio electrónico en el IVA involucra también, por primera vez, a los titulares de las interfaces digitales que facilitan el comercio electrónico, que se convierten en colaboradores de la propia recaudación, gestión y control del impuesto. A este respecto te informo de que el próximo 17 de mayo tenemos programado un webinar sobre las Novedades del IVA en 2021 en el que se tratarán estas últimas modificaciones que entran en vigor a partir de 1 de julio.
    • Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2021 la aplicación de un tipo del 0% del IVA a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19 -la relación de bienes se establece en el Anexo a esta norma-, cuyos destinatarios sean entidades públicas, entidades sin ánimo de lucro y centros hospitalarios cuya vigencia finalizaba el 30 de abril de 2021.
    • Las modificaciones derivadas de la transposición de la Directiva (UE) 2018/957 del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Directiva 96/71/CE sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios.
    • Las modificaciones necesarias para llevar a cabo la correcta transposición de la Directiva (UE) 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales, y que fue transpuesta por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
    • Las modificaciones necesarias para llevar a cabo la correcta transposición de dos Directivas de la Unión Europea que afectan al texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
    En segundo lugar, te informo de que también hoy se ha publicado la Orden HAC/411/2021 por la que se reducen los índices de rendimiento neto aplicables en 2020 en el régimen de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas.

    Por último, te comunico que ayer se publicó en el BOJA el Decreto-ley 7/2021 de la Comunidad Autónoma de Andalucía que reduce, desde el hoy hasta el 31 de diciembre de este año, los tipos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: el tipo de la modalidad de TPO para transmisiones de inmuebles pasa de una escala con tipos del 8-9-10% a un tipo general del 7%; y el tipo general de la modalidad de AJD, documentos notariales, pasa del 1,5 al 1,2%.

    Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,

        Luis del Amo. Secretario Técnico del REAF
        28 de abril de 2021
        reaf.economistas.es
        favicon_512.fw
        facebook twitter linkedin 
        VentajasREAF_Boletines.fw
        pie_boletines
        No imprimir si no es necesario. Protejamos el Medio Ambiente. Este mensaje contiene información privada y confidencial dirigida únicamente a su destinatario. Si Ud. ha recibido este mensaje por error, le informamos que su uso no autorizado está prohibido legalmente, por lo que le rogamos que lo comunique al remitente por la misma vía y proceda a eliminarlo.
        MailPoet