CabecerasNotasAviso-REAF
Nº 40/2021
    Apreciado/a compañero/a,

    En primer lugar, te informo de la sentencia del Tribunal Supremo nº 1130/2021, de 15 de septiembre pasado, en la que se establece el criterio de que un inmueble adquirido a título gratuito se amortiza anualmente por el 3% del mayor de dos valores: el valor catastral de la construcción o el valor correspondiente a la construcción a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sumándole en este caso los gastos de adquisición.

    Para acceder a una explicación del criterio administrativo anterior y del criterio jurisprudencial, pincha en la imagen.

            Ad. 2 NA 40-21 Imagen - Cambio de criterio en el gasto de amortización

            En segundo lugar, te informo de que la AEAT ha suprimido la antigua aplicación de lotes, para los modelos 05 y 576, quedando solo la nueva que ya incorpora las funcionalidades solicitadas. Para acceder a la nota informativa publicada en el mes de marzo, pincha aquí.

            En tercer lugar, te informo de que la Agencia tributaria abrió, el pasado 15 de julio, nueva sede electrónica accesible a través de la URL https://sede.agenciatributaria.gob.es/ o desde el banner publicado en las páginas iniciales del Portal y de la Sede existentes hasta ese momento.

            Está previsto que, en el proceso de transición hasta la implantación definitiva de la nueva sede electrónica, que sustituirá al portal y sede actuales, a lo largo del mes de octubre se realicen los cambios necesarios para que el acceso a la página web de la Agencia se efectúe ya a través de la nueva sede electrónica, donde estarán disponibles para los usuarios todos los servicios de información y trámites, sin perjuicio de que se seguirá manteniendo operativa en un segundo plano la sede electrónica antigua hasta finalizar el proceso de transición.

            Como están trabajando para verificar el funcionamiento óptimo de la nueva sede en los servicios que se prestan a los contribuyentes, dadas las especialidades de los trámites que realizamos los profesionales tributarios, se solicita que traslademos nuestra opinión sobre la usabilidad de la misma y, en caso de detectarse cualquier incidencia, se nos comunique y, desde el REAF, lo comunicaremos a la AEAT.

            En cuarto lugar, te informo de que se ha abierto el Blog Fiscal de Crónica Tributaria (http://blogfiscal.cronicatributaria.ief.es/apertura-del-blog-fiscal/) , evolución natural de la revista, y en el que cada miércoles se publicará un post elaborado por los principales responsables de la Agencia Tributaria, la Dirección General de Tributos, los Tribunales Económico-Administrativos, la Dirección General del Catastro, la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local y el propio Instituto de Estudios Fiscales.

            En el mismo se ha abierto un espacio adicional denominado Cartas a Blog Fiscal a través del cual podrán aportar su visión u opinión representantes de otros ámbitos de la Administración, de la academia y del sector privado.

            Por último, te informo de los siguientes webinar organizados por el REAF que tendrán lugar próximamente:

            Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,

            Luis del Amo. Secretario Técnico del REAF
            29 de septiembre de 2021
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