En relación con nuestra Nota de Aviso 38-19, remitida ayer, acerca de la conveniencia de que se acceda a las notificaciones electrónicas a través de la DEH, en el 060, queremos matizar lo siguiente:
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Si bien entendemos que todas las Administraciones deberían notificar a través de la DEH y, si lo desean, también en su Sede Electrónica, el hecho es que algunas administraciones autonómicas y locales no lo interpretan así y lo están haciendo solo a través de su Sede Electrónica. En estos casos, no bastará con acceder al 060 y habrá que estar atentos a los otros puntos de notificación.
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Una vez se apruebe el Reglamento de desarrollo de la Ley del Procedimiento Administrativo Común, si se hace en los términos en que estaba redactado el proyecto de Real Decreto sometido a información pública, ya no tendremos este problema.
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Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
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Secretario Técnico del REAF
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