CabecerasNotasAviso-REAF
Nº 45/2022
    Apreciado/a compañero/a,

    Te informo de dos sentencias del Tribunal Supremo que se han publicado recientemente y que pueden ser de interés.

    En la primera, de 27 de septiembre de 2022, el Tribunal establece que el plazo para llevar a cabo una ejecución que consiste en la anulación, por motivos de fondo, de un acuerdo de liquidación en un procedimiento inspector, para dictar nueva liquidación conforme a lo resuelto por el órgano económico-administrativo así como la anulación de las resoluciones sancionadoras para adecuar su importe a la nueva base resultante del acuerdo de liquidación, es de un mes y que la consecuencia jurídica derivada de su incumplimiento es la no exigencia de interés de demora.

    En la segunda, de 10 de octubre de 2022, el Tribunal interpreta que la compensación percibida por un comunero, a quien no se adjudica el bien cuando se disuelve el condominio, comportará para dicho comunero la existencia de una ganancia patrimonial sujeta al IRPF cuando exista una actualización del valor de ese bien, entre el momento de su adquisición y el de su adjudicación, y esa diferencia de valor sea positiva.

    Aprovecho la ocasión para comunicarte que ya está disponible, en el marco de las próximas Jornadas Anuales del REAF que celebraremos en Cádiz, los días 17 y 18 de noviembre, el programa de acompañantes.

    Tendrá dos actividades gratuitas (ambas el jueves 17): por la mañana, a las 10:30, con una duración de 2-2,5 horas, una visita por los sitios más emblemáticos de la ciudad; y, por la tarde, a las 17:30, con duración de 1,5 horas aproximadamente, una Ruta Teatralizada “Lola la Piconera” que transcurre por el Cádiz del siglo XIX.

    Para apuntarte a las jornadas y, en su caso, al programa de acompañantes pincha aquí.

    Por último, te recuerdo los próximos webinars organizados por el REAF
    Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
    Luis del Amo. Secretario Técnico del REAF
    26 de octubre de 2022
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