CabecerasNotasAviso-REAF
Nº 59/2022
Apreciado/a compañero/a,

En primer lugar, se ha publicado hoy en el BOE la Orden HFP/1245/2022, que modifica el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del IVA, para adaptarlo al nuevo tipo de gravamen del 5 por 100, que, como sabemos, se aplica a ciertos contratos de suministro de energía eléctrica y también a las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de gas natural, briquetas y pellets procedentes de la biomasa y madera para leña.

En segundo lugar, también se ha publicado la Orden HFP/1246/2022, de 14 de diciembre, que aprueba el modelo 480 de «Impuesto sobre las primas de seguros y modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.

En cuanto al modelo 480, es una declaración resumen anual que deberán presentar, en el plazo comprendido entre el 1 y el 31 del mes de enero de cada año, las entidades aseguradoras cuando hayan realizado en el ejercicio operaciones gravadas por el impuesto. En cuanto al modelo 190, se modifica la redacción de la clave A para añadir que las cantidades aportadas por la empresa a planes de pensiones, mutualidades de previsión social y planes de previsión social empresarial que deriven de una decisión del trabajador y reduzcan su base imponible, no deberán de consignarse en este modelo, sin perjuicio de la obligación de incluirlas en el modelo 345. Respecto a la prestación por Ingreso Mínimo Vital, se deberá consignar la identificación del titular de la unidad de convivencia e identificar los supuestos en los que la prestación incluye cuantías al complemento de ayuda para la infancia.

Por último, te informo de los próximos webinars organizados por el REAF:
Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
Luis del Amo. Secretario Técnico del REAF
19 de diciembre de 2022
reaf.economistas.es
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