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Nota de Aviso 44-19

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Apreciado/a compañero/a,

En primer lugar, tras el éxito de la calculadora de la cláusula suelo, con la que se han realizado miles de cálculos desde su puesta en marcha por el Consejo General de Economistas se lanza ahora una nueva calculadora que te permitirá, de forma orientativa, realizar cálculos, informes periciales y asesoramientos a tus clientes sobre las cláusulas multidivisa e IRPH.

Diferentes sentencias van ya apuntando en la dirección de que estas cláusulas pueden ser retrocedidas -con el oportuno informe pericial-, lo que resulta una oportunidad única para los economistas de toda España. Para ayudar en este propósito, en el Consejo General de Economistas se ha creado una nueva calculadora que emula el cálculo bancario con la divisa firmada por el cliente y, al mismo tiempo, realiza los cálculos de esa misma hipoteca, pero como si se hubiera firmado en euros y con un tipo de interés más habitual, como el Euribor.

Adicionalmente, también es capaz de realizar los cálculos si la hipoteca se firmó en euros pero se utilizó el tipo de interés IRPH, comparando esa hipoteca con la que habría resultado si se hubiera firmado en Euribor u otro tipo de interés.

Encontrarás la nueva calculadora, como es habitual, en la zona privada de nuestra web.

En segundo lugar, te recuerdo que la AEAT ha decidido poner fin a la Colaboración Social Restringida y sustituirla por la Colaboración Social Delegada, como te comunicábamos en la Nota de Aviso 42-19.

La novedad es que se ha establecido una prórroga para la entrada en funcionamiento de esta colaboración social delegada, de tal forma que, en lugar de comenzar a aplicarse el 14 de enero de 2020, comenzará el 1 de febrero de 2020.

Conviene resaltar que es aconsejable eliminar la Colaboración Social Restringida porque, a partir de la fecha mencionada, esos certificados funcionarán sin ningún tipo de restricción en la consulta y presentación de declaraciones del propio colaborador social.

Asimismo, aclaramos que los colaboradores sociales que no estuvieran utilizando la Colaboración Social Restringida, sino que, simplemente, presentan las declaraciones de terceros con su certificado, no ven alterada su situación y no tienen que hacer nada especial.

Para más información, pincha aquí.

Esperando que esta información te sea útil, te envío un cordial saludo,

Luis del Amo
Secretario Técnico del REAF
© Copyright de la recopilación: REAF
© Copyright de cada una de las noticias corresponde a sus autores/editores
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