Te informo de que el pasado 28 de diciembre se ha publicado en el BOE la Orden JUS/1256/2019 sobre la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas o jurídicas que presten de forma empresarial o profesional los servicios del artículo 2.1.o) de la ley 10/2010.
|
Esta Orden aprueba los modelos telemáticos para cumplir la obligación de inscripción en el Registro Mercantil y la de realizar la declaración anual de actividad para los prestadores de los mencionados servicios. En concreto, se aprueban los siguientes modelos:
|
- Declaración de realización de actividad por personas físicas profesionales.
- Declaración de modificación de datos por personas físicas profesionales.
- Declaración de baja por personas físicas profesionales.
- Declaración anual de actividades por personas físicas profesionales.
- Declaración anual de actividades por personas jurídicas y físicas empresarios.
El plazo para inscribirse, para las personas físicas profesionales, como sabéis, termina mañana, 31 de diciembre de 2019.
|
De todas formas, respecto a la obligación de inscripción, nos remitimos a la anterior Nota de Aviso 43-19, en la que nos hacíamos eco de la propuesta de Guía elaborada por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y por la Dirección General de Registros y del Notariado en la que, sin perjuicio de analizar servicios distintos, no se entiende que tengan esta obligación aquellos profesionales que se limiten a prestar, estrictamente, servicios de asesoría fiscal, contable o de auditoría.
|
Deseando que esta información te sea útil, te envío un cordial saludo,
|
Secretario Técnico del REAF
|
|