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Nota de Aviso 46-19

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Apreciado/a compañero/a,

Te informo de que el pasado 28 de diciembre se ha publicado en el BOE la Orden JUS/1256/2019 sobre la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas o jurídicas que presten de forma empresarial o profesional los servicios del artículo 2.1.o) de la ley 10/2010.

Esta Orden aprueba los modelos telemáticos para cumplir la obligación de inscripción en el Registro Mercantil y la de realizar la declaración anual de actividad para los prestadores de los mencionados servicios. En concreto, se aprueban los siguientes modelos:
  • Declaración de realización de actividad por personas físicas profesionales.
  • Declaración de modificación de datos por personas físicas profesionales.
  • Declaración de baja por personas físicas profesionales.
  • Declaración anual de actividades por personas físicas profesionales.
  • Declaración anual de actividades por personas jurídicas y físicas empresarios.
El plazo para inscribirse, para las personas físicas profesionales, como sabéis, termina mañana, 31 de diciembre de 2019.

De todas formas, respecto a la obligación de inscripción, nos remitimos a la anterior Nota de Aviso 43-19, en la que nos hacíamos eco de la propuesta de Guía elaborada por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y por la Dirección General de Registros y del Notariado en la que, sin perjuicio de analizar servicios distintos, no se entiende que tengan esta obligación aquellos profesionales que se limiten a prestar, estrictamente, servicios de asesoría fiscal, contable o de auditoría.

Deseando que esta información te sea útil, te envío un cordial saludo,

Luis del Amo
Secretario Técnico del REAF
© Copyright de la recopilación: REAF
© Copyright de cada una de las noticias corresponde a sus autores/editores
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