CabecerasNotasAviso-REAF
Nº 6/2022
    Apreciado/a compañero/a,

    Te informo, en primer lugar, de que hemos conocido la consulta DGT V3074-21, de 7 de diciembre de 2021 en la que se interpreta, respecto a un devengo del IIVTNU -conocido como Plusvalía Municipal- producido el 26 de octubre de 2021, fecha de emisión de la sentencia del Tribunal Constitucional en la que se declaró la inconstitucionalidad de los artículos que regulan la base imponible de este tributo, que dicho impuesto no es exigible por el vacío normativo producido hasta el 10 de noviembre -fecha de entrada en vigor de las modificaciones producidas por el Real Decreto-ley 26/2021-, por lo que el contribuyente tendrá que presentar la declaración pero no está obligado al pago.

    Por otro lado, te informo de la publicación del 5º Informe de la Comisión Consultiva sobre Conflicto en la Aplicación de la Norma acerca de una matriz “interpuesta” ante una entidad que arrienda inmuebles, principalmente para su uso como vivienda, de tal forma que se consigue la deducción de las cuotas de IVA soportadas en la actividad, en especial las que corresponden a la adquisición de las viviendas.

    Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,

          Luis del Amo. Secretario Técnico del REAF
          10 de febrero de 2022
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