CabecerasNotasAviso-REAF
Nº 37/2023

Apreciado/a compañero/a,

En primer lugar la Secretaría Técnica del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios nos ha comunicado, que en los próximos días, la AEAT va a proceder a la remisión de un número reducido de cartas aviso dirigidas a contribuyentes que desarrollan actividades económicas en el sector de la hostelería, que presentan inconsistencias significativas entre sus datos bancarios y financieros declarados (entradas en cuentas bancarias y cifras de ventas declaradas Modelo 200 o 100). Al tratarse de una mera comunicación informativa no es obligatorio dar respuesta a la misma ni aportar documentación.

En segundo lugar, hemos tenido conocimiento de la Resolución del TEAC, de 19 de julio de 2023, en la que el Tribunal interpreta que son deducibles las cuotas de IVA de los gastos de suministros (agua, luz, gas) correspondientes a inmuebles que forman parte del patrimonio de la empresa cuando se utilizan tanto para actividades empresariales como para uso privado. La deducción deberá efectuarse de manera proporcional a su utilización a efectos de las actividades de la empresa.

En tercer lugar, la Dirección General de Tributos, en Consulta V2214-23, de 27 de julio de 2023, fija como criterio, respecto del motivo económico válido exigido en las operaciones acogidas al régimen especial de reestructuración empresarial, que será la Administración la que tenga que probar que el principal objetivo de la operación ha sido la obtención de una ventaja fiscal distinta a la propia aplicación del régimen de diferimiento. Como establece la Ley 27/2014, en el artículo 89.2, las actuaciones de comprobación de la Administración tributaria que determinen la inaplicación total o parcial del régimen fiscal especial eliminarán exclusivamente los efectos de la ventaja fiscal.

En tercer lugar, te informo de los próximos webinares organizado por el REAF:

Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
Rubén Gimeno Frechel
Secretario Técnico del REAF
10 de octubre de 2023
reaf.economistas.es
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