CabecerasNotasAviso-REAF
Nº 38/2023

Apreciado/a compañero/a,

En primer lugar, hemos tenido conocimiento de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 13 de junio de 2023, en la que se interpreta que las escisiones totales no proporcionales pueden aplicar el régimen especial de reestructuración empresarial, aunque el patrimonio escindido no sea rama de actividad. La Ley del Impuesto sobre Sociedades, en el artículo 76.2, condiciona la aplicación del régimen especial de reestructuración empresarial, respecto de las escisiones totales no proporcionales, a que los patrimonios adquiridos constituyan ramas de actividad.

Sin embargo, la Directiva relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros no exige el requisito regulado en nuestra normativa interna. Esta circunstancia provocó que la Comisión Europea solicitara a España la eliminación de este requisito por ser contrario a la normativa europea, cuestión que está parada por el momento.

En segundo lugar, hemos tenido conocimiento de una sentencia, del Tribunal Supremo, de 29 de septiembre de 2023, en la que se interpreta que la Administración tributaria no puede llevar a cabo el examen de la documentación contenida en un dispositivo electrónico, en este caso un ordenador personal, fuera de determinados casos y bajo estricto control judicial. Las exigencias de autorización de acceso y entrada a domicilios constitucionalmente protegidos, como son la sujeción a los principios de necesidad, adecuación y proporcionalidad de la medida, son aplicables a las actuaciones que tengan por objeto el conocimiento, control y tratamiento de la información almacenada en dispositivos electrónicos que pueda resultar protegida por los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar, al secreto de las comunicaciones y a la protección de datos.

Esos requisitos han de ser ponderados por el juez que puede autorizar esa actividad, sin que pueda basarse, exclusivamente, en el relato que realice la Administración en la solicitud, y esa información ha de someterse a un mínimo contraste y verificación, debiendo primar, en todo caso, el respeto a los derechos fundamentales sobre el ejercicio de las potestades administrativas, máxime cuando falta una regulación legal completa, directa y detallada sobre esas actuaciones.

En tercer lugar, tenemos a tu disposición una edición especial de carpetas de trabajo, con las medidas 22 cm x 31 cm, que permite imprimir el nombre, dirección y teléfono del miembro del Registro o de su sociedad. El texto personalizado no podrá superar un máximo de 70 caracteres y estará impreso en tinta negra.

También se encuentra a tu disposición unos blocs de 30 hojas cada uno, tamaño Din A4, impresos con el logotipo del Registro y con separador lineal, que son utilizados habitualmente en los cursos celebrados por nosotros. Estos blocs resultan muy útiles para usar como herramienta de apoyo en la documentación aportada por el cliente. Cada hoja se completa con una serie de casilleros en la parte superior para anotar el nombre del cliente, la fecha y el asunto.

Para acceder al formulario de pedidos de carpetas y blocs, pincha aquí.

En cuarto lugar, te recuerdo que aún estás a tiempo de apuntarte a las Jornadas Anuales del REAF que este año celebramos junto con el Ilustre Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Santa Cruz de Tenerife. Para inscribirte pincha en la imagen.
JornadasAnualesReaf23
Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
Rubén Gimeno Frechel
Secretario Técnico del REAF
23 de octubre de 2023
reaf.economistas.es
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