CabecerasNotasAviso-REAF
Nº 2/2024

Apreciado/a compañero/a,

En primer lugar, te recuerdo que, el Real Decreto-ley 3/2016, por el que se adoptaron medidas en el ámbito tributario, introdujo en el Impuesto sobre Sociedades modificaciones para ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2017 limitando, a las grandes empresas, la compensación de bases imponibles negativas o la deducción por doble imposición interna e internacional, del ejercicio o pendientes de deducir. Y para todas las entidades se obligó a revertir los deterioros de cartera, deducidos antes de 2013, al menos por quintas partes en este ejercicio y en los 4 siguientes.

El Tribunal Constitucional, en sentencia de hoy 18 de enero de 2024, considera que la aprobación de dichas medidas por Real Decreto-ley ha vulnerado el art. 86.1 CE, pues mediante dicho instrumento normativo no se puede afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos.

La sentencia declara que no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en ella aquellas obligaciones tributarias devengadas por el Impuesto que, a la fecha de dictarse la misma, hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme. Tampoco podrán revisarse aquellas liquidaciones que no hayan sido impugnadas a la fecha de dictarse la sentencia, ni las autoliquidaciones cuya rectificación no haya sido solicitada a dicha fecha. Se limitan así sus efectos hacia el pasado, en los mismos términos que hizo el Tribunal en la STC 182/2021, sobre la plusvalía municipal.

Pincha aquí para acceder a la nota informativa publicada por el Tribunal.

En segundo lugar, te informo del próximo webinar organizado por el REAF:
Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
Rubén Gimeno Frechel
Secretario Técnico del REAF
18 de enero de 2024
reaf.economistas.es
favicon_512.fw
facebook custom linkedin 
PieComunicacionesRegistros
No imprimir si no es necesario. Protejamos el Medio Ambiente. Este mensaje contiene información privada y confidencial dirigida únicamente a su destinatario. Si Ud. ha recibido este mensaje por error, le informamos que su uso no autorizado está prohibido legalmente, por lo que le rogamos que lo comunique al remitente por la misma vía y proceda a eliminarlo.
Email Marketing Powered by MailPoet