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En primer lugar, te comunico que se ha publicado la consulta de la Dirección General de Tributos V0652-24, sobre los afectados por el caso Afinsa.
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Como el Juzgado Mercantil declaró la conclusión del concurso el 12 de junio de 2023, los afectados podrán imputar las pérdidas sufridas al período impositivo 2023 y reflejarlas en la declaración de dicho ejercicio cuyo período voluntario de presentación finaliza el 1 de julio de 2024 (26 de junio si se opta por la domiciliación). Esta pérdida se imputa en la base imponible general y podrá compensar ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones. Si el saldo todavía es negativo la pérdida se compensará con el saldo positivo de rendimientos e imputaciones de rentas, con el límite máximo del 25 por 100 de dicho saldo positivo. El resto no compensado se trasladará a los 4 años siguientes.
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En segundo lugar, la AEAT nos ha enviado la presentación que utilizó, en el Foro de Asociaciones y Colegios de profesionales tributarios, sobre el régimen de franquicia en el IVA. A partir de 2025 está prevista la implantación de la franquicia transfronteriza para permitir a los sujetos pasivos del IVA acogerse a los regímenes establecidos en otros estados miembros. Sin embargo, aún no está previsto que se regule este régimen de franquicia en el TAI.
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En tercer lugar, ya está disponible en la página web del REAF el Código Fiscal 2024 que ya habrás recibido o estarás a punto de recibir en formato papel –puede que recibas un aviso para pasar a recogerlo a la Estafeta de Correos-, de la editorial Francis Lefebvre.
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Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
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Secretario Técnico del REAF 23 de abril de 2024
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