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Primeramente, te informo de que el 9 de abril se ha publicado la Orden HAC/329/20120 por la que se reducen para el período impositivo 2019 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, siendo aplicable en la declaración cuyo plazo de presentación ya ha comenzado a primeros de este mes.
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En segundo lugar, te informo de que la AEAT ha publicado nuevas preguntas frecuentes, y se han actualizado algunas de las ya publicadas, en relación con la normativa aprobada en materia tributaria y aduanera ante la crisis del COVID-19. Debes prestar atención, ya que la fecha de 18 de marzo de 2020, recogida en el RD-ley 8/2020, que es la de referencia para que determinados plazos de pago o de ciertos trámites en los procedimientos tributarios se amplíen hasta el 30 de abril o el 20 de mayo, dependiendo de si la notificación de los mismos es anterior o posterior al 18 de marzo, se ha modificado por la fecha de 14 de marzo, regulada en el RD 463/2020.
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Por ejemplo, si se hubiera notificado una providencia de apremio el 15 de marzo el plazo para pagar la deuda tributaria, según RD-ley 8/2020, se iría al 30 de abril pero, según interpreta la AEAT, finalizaría el 20 de mayo.
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Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
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Secretario Técnico del REAF
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