En primer lugar, te informo de que la AEAT ha publicado preguntas frecuentes relacionadas con los plazos para presentar el Impuesto sobre Sociedades y con la declaración a presentar por las entidades que, en el plazo “normal” de autoliquidación, no hayan aprobado sus cuentas anuales, y la autoliquidación resultante de las mismas difiera de la primera.
|
Asimismo, te recuerdo que, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional octava del Real Decreto-ley 11/2020 y de la Disposición Adicional primera del Real Decreto-ley 15/2020, tanto el plazo para interponer recursos de reposición o reclamaciones económico-administrativas contra actos notificados hasta el 13 de marzo pasado, cuyo plazo no hubiera finalizado a esa fecha, como contra los actos notificados desde el 14 de marzo hasta el 30 de mayo, finaliza mañana, 30 de junio.
|
Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
|
Secretario Técnico del REAF
|
|