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Aprovecho esta comunicación para informarte también de que se ha publicado el Real Decreto 595/2019 por el que se modifica el Reglamento del IRNR (BOE 19-10-19). En el mismo se añade una Disposición adicional tercera al Reglamento del IRNR, mediante la que se facilita la acreditación de la residencia fiscal en un país de la UE a los fondos de pensiones o instituciones de inversión colectiva, condición indispensable para que puedan quedar exentos los intereses y las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles, obtenidos en España.
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Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
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Secretario Técnico del REAF
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